16 abril, 2025
(Fabián Robles/16 de abril 2025) Después de estar encarcelada más de nueve años acusada injustamente por un secuestro en el que no tuvo participación alguna, este miércoles Keren Selsy Ordóñez Hernández recuperó su libertad, informó esta noche el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), cuyos abogados apoyaron en la defensa legal de esa joven originaria de Veracruz.
A través de sus redes sociales la organización dio a conocer que “la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Tlaxcala, en ponencia de la magistrada Mary Cruz Ornelas, resolvió la apelación y ordenó la libertad inmediata. Keren abraza hoy a su hija y a su familia”.
También agradeció “a todas las personas que unieron voces. ¡Por ella y por todas las mujeres que aún esperan justicia!”.
Por su parte, la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (ONU-DH México) se sumó “a la celebración por la liberación de Keren Selsy Ordoñez Hernández, quien hoy se reencuentra con su hija y su familia tras 9 años de prisión injusta. Su caso refleja una lucha sostenida por la verdad y la justicia”.
Reconoció “la decisión con perspectiva de género de la Sala Penal del Poder Judicial de Tlaxcala, un paso importante hacia la igualdad y la eliminación de estereotipos de género en el acceso a la justicia. Destacamos el acompañamiento del Centro Prodh y de las organizaciones aliadas”.
El Centro Fray Julián Garcés -con sede en Tlaxcala- también se sumó “a la alegría de Keren. Abrazamos y festejamos la justicia que por fin Keren y su familia viven. Hoy y siempre exigimos y gritamos por una vida libre y justa para todas las mujeres”.
EXIGENCIA DE JUSTICIA
Apenas el pasado 11 de abril, la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y la Red SOS Tortura -integrada por una treintena de agrupaciones de distintas partes del mundo, incluido México- reiteró la exigencia para que la Sala Penal, conformada por los magistrados Marisol Barba Pérez, Pedro Sánchez Ortega y Mary Cruz Cortés Ornelas, revocaran la sentencia condenatoria en contra de Keren a quien se le impuso una pena de 50 años de prisión y, en su lugar, dictara su absolución y libertad “por falta de pruebas suficientes en su contra y con base en su obligación de excluir pruebas ilícitas obtenidas bajo tortura”.
En un comunicado expresaron su “profunda preocupación por diversas violaciones a derechos humanos documentadas por el Centro Prodh en perjuicio de la señora Keren Selsy Ordoñez Hernández, quien el 11 de diciembre de 2015 -todavía convaleciente por un parto por cesárea- junto con su hija recién nacida fueron detenidas en el estado de Veracruz por policías ministeriales del estado de Tlaxcala y de la entonces Policía Federal, sin orden de detención.
Recordaron que los agentes le quitaron a la bebé de sus brazos y apuntándoles con armas las subieron a un vehículo oficial sin explicarles el motivo de su detención. Durante las siguientes 11 horas, Keren fue sometida a golpes, asfixia y amenazas de agresión física, matar o desaparecer a su hija, a quien mantuvieron en “calidad de detenida” a pesar de tener días de nacida.
Durante ese tiempo, se obtuvieron pruebas ilícitas que fueron utilizadas para mantenerla en prisión, entre las que se encuentra una declaración que le obligaron a firmar sin permitirle leer. Posteriormente se supo que se trataba de una declaración ministerial confesando su participación en el secuestro del que fue acusada.
Tras la detención, las autoridades de la entonces Procuraduría General de Justicia de Tlaxcala -encabezada por Alicia Fragoso Sánchez- presentaron ante representantes de los medios de comunicación a Ordoñez Hernández, como integrante de un grupo criminal, y difundieron su nombre, “todo ello afectando su presunción de inocencia”.
Pero Keren “no contó con una defensa adecuada, ya que el abogado público que la representó al inicio del proceso penal le aconsejó que se reservara su derecho a declarar, diciendo que él le asesoraría y le diría cuándo hacerlo, lo que nunca sucedió. Las autoridades tomaron en cuenta las pruebas obtenidas mediante tortura y se basaron en estereotipos de género para dictar una sentencia en su contra de 50 años de prisión, por un delito que no cometió”.
En el caso de la hija de Keren, dijeron esas organizaciones, “no se tomó en cuenta el interés superior de la niñez, ni hubo acciones inmediatas para salvaguardar la salud e integridad física y emocional de la bebé”.
Se sabe que, tras la detención de esa joven, la abuela de la niña la buscó durante 14 días, sin conocer su suerte ni paradero, y sin que ninguna autoridad les informara de su situación. Cuando la niña le fue entregada, la encontró en muy malas condiciones de salud.
Cuestionaron que, además de los alegados actos de tortura y detención arbitraria, la situación de vulnerabilidad de la detenida no fue considerada en ningún momento del proceso penal, “pese a que estaba convaleciente de nueve meses de embarazo de alto riesgo y de una cesárea reciente y se encontraba en estado de puerperio, y había sido detenida junto a su hija de un mes, ambas en una situación de especial vulnerabilidad y precariedad socioeconómica, específicamente frente a sus captores”.
Por si fuera poco, Keren “no solo no recibió todos los servicios adecuados en relación con el puerperio, sino además fue sometida a violencia de género mientras estaba detenida con su hija, sufrió tortura delante de la niña, sin saber lo que le estaba pasando, y posteriormente le fue arrebatada durante su detención”.
Después de analizar detenidamente el caso, la OMCT y la Red SOS Tortura consideraron que “el Estado mexicano, y en particular los agentes responsables de la detención de la señora Ordoñez Hernández, así como de la integración de su expediente y su juzgamiento, violaron la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas, así como la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ratificado por México, y en particular a sus artículos 2, 6, 7, 9, 10 y 14”.
Desde el año 2021, recordaron, el Centro Prodh, -organización parte de la Red SOS-Tortura, así como la ONU-DH- documentó y acompañó el caso “y gracias a un amparo que Keren obtuvo a su favor, un tribunal federal ordenó reponer su proceso”.
Urgieron “a las autoridades de administración y procuración de justicia, reconocer los daños y violaciones causadas en perjuicio de la menor de edad, AFHO, hija de la señora Selsy Ordóñez, quien tenía 1 mes de nacida en el momento de los actos señalados, y que actualmente tiene 9 años y se encuentra en una situación de vulnerabilidad por la situación de su madre”.
Solicitaron “a las autoridades de la Fiscalía Especial para la Investigación del Delito de Tortura de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Tlaxcala, a investigar y sancionar a los responsables por las violaciones a las salvaguardas fundamentales durante la detención arbitraria de Keren Ordóñez y la tortura cometida en su contra”.
SENTENCIA DE 50 AÑOS
El lunes 11 de noviembre de 2024, acusada del delito de secuestro, Keren fue sentenciada a 50 años de cárcel por José Eduardo Morales Sánchez, titular del juzgado del Sistema Tradicional Penal y Especializado en Administración de Justicia para Adolescentes en Apizaco.
Ante esa decisión el abogado Neftalí Pérez presentó un recurso de apelación ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), en el que expresó todas las irregularidades cometidas en el proceso.
En ese documento, sostuvo que, a esa joven originaria de Xalapa, Veracruz, no se le juzgó “con perspectiva de género, ni de derechos humanos, y el juez hizo una indebida valoración de las pruebas que carecían de los requisitos mínimos como la firma de la declaración ministerial de la víctima”.
El litigante recordó que en la sentencia contra la joven veracruzana -quien estuvo recluida más de nueve años en el anexo femenil del Cereso de Apizaco, merced a un proceso en el que se le “fabricó” su presunta responsabilidad por el plagio de una mujer que ni siquiera ratificó su declaración inicial- “el propio juez José Eduardo Morales Sánchez acreditó que ella fue víctima de tortura y de retención prolongada”.
En su momento, el abogado también cuestionó la posible complicidad de ese juez con la titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJ), Ernestina Carro Roldán, quien insistió en acusar a Keren de un secuestro en el que no tuvo participación alguna.
Por su parte, Melissa Zamora, integrante del Centro Prodh, en su oportunidad también criticó el actuar contradictorio del titular del juzgado del Sistema Tradicional Penal y Especializado en Administración de Justicia para Adolescentes en Apizaco.
Consideró incomprensible que el juez Morales Sánchez “le diera la razón a Keren al decir que se tiene por demostrada la tortura, reconoce que ella fue víctima de tortura y de retención prolongada por un tiempo aproximado de siete horas, reconoce que fue víctima de graves violaciones a derechos humanos; sin embargo, la sentenció”.
La abogada subrayó que la decisión del juzgador estuvo basada en pruebas ilícitas, inconstitucionales y en desapego a los derechos humanos “que también se fabricó por los policías que la torturaron y sostiene una acusación injusta”.
Por su parte, el Centro Prodh consideró aquella fecha que la sentencia era también una muestra de “la incapacidad de hacer investigaciones serias con base en evidencia que realmente garanticen verdad y justicia para las víctimas del delito”.
El juez José Eduardo Morales Sánchez desestimó todas las pruebas presentadas a favor de Keren Selsy Ordóñez, y la condenó a 50 años de prisión”, recordó la abogada Melissa Zamora, del Centro Prodh, organización que acompaña el caso y que logró que se repusiera su proceso.
“La sentencia (que se dio después de tres años de haberse repuesto el proceso) fue con base en el informe de los policías aprehensores, su ratificación en el juzgado, y la declaración ministerial de la víctima que no contaba ni con firma ni con huella y que jamás fue ratificada en el juzgado”, desveló la litigante.
La decisión del juez partió de la insistencia de Ernestina Carro Roldán, titular de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) de Tlaxcala “en acusar” a esa joven de un secuestro perpetrado en el año 2015.
Meses antes de conocerse dicha sentencia, el 27 de septiembre de 2024, en la audiencia de derecho, la fiscal solicitó la pena máxima de 90 años de cárcel por el delito de secuestro y asignarle a Keren el “grado máximo de temibilidad” a pesar de no tener ningún antecedente penal y pruebas en su contra.
El juez que sentenció a Keren estuvo en la terna que, a mediados de ese año, envió la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros para que el Congreso local eligiera titular de la FGJ de Tlaxcala, responsabilidad que recayó en la exprocuradora Ernestina Carro Roldán.
“Definitivamente es una Fiscalía que continúa con las prácticas corruptas de administraciones pasadas y el hecho de que sostenga esa acusación en esos términos demuestra que es una institución que reproduce las mismas prácticas y que no tiene un compromiso real con las mujeres víctimas”, acusó en su momento la abogada Melissa Zamora en entrevista para Animal Político.
CAMINO DE INJUSTICIAS
Keren fue acusada de participar supuestamente en el secuestro de una mujer en Huamantla. Junto con ella, también fue detenido el padre de su hija y otro sujeto. Después de ser detenido, quien fue pareja de Keren quedó en libertad tras cumplir una sentencia de apenas 5 años, ya que al momento de cometer el delito era menor de edad.
Después de ser vejada y de que autoridades tlaxcaltecas le violaron sus derechos, fue hasta el 20 de noviembre de 2019 cuando el Juzgado Penal del Distrito Judicial de Sánchez Piedras, en Apizaco, Tlaxcala, dictó sentencia condenatoria en contra de Keren, y le impuso una pena de prisión de 50 años, por un delito que no cometió.
Keren llevaba siete años privada de su libertad, y casi a finales de 2022 no tenía acceso a una defensa digna para su caso ya que, durante el tiempo del proceso, contó con diversos defensores públicos “que incumplieron su obligación de brindar una defensa técnica adecuada, quienes han omitido recabar y ofrecer pruebas adecuadas para que pueda obtener su libertad”.
El 27 de septiembre de 2021 un Tribunal Colegiado concedió un amparo a Keren al considerar que se habían violentado derechos procesales, y ordenó reponer el procedimiento hasta la etapa de instrucción.
Las principales violaciones a derechos humanos de los que han sido víctimas Keren y su hija, son: detención arbitraria, retención ilegal, tortura, privación ilegal de la libertad de la niña, fabricación de pruebas, exposición a medios de comunicación y defensa inadecuada, así como discriminación y falta de perspectiva de género en su proceso.