3 abril, 2025
(Faro Noticias/3 de abril 2025) En un acto violatorio, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, envió al Congreso local un oficio en el que informa de una supuesta suspensión de la juez Tercero de Control y de Juicio Oral del Distrito Judicial de Guridi y Alcocer, Claudia Pérez Rodríguez, en un acto totalmente deliberado.
Y es que no hay ninguna disposición legal que lo faculte para poder realizar ese mismo acto, derivado de que la misma juez tiene una suspensión provisional concedida dentro de los autos del Juicio de Amparo 398/2025, del Juzgado Primero de Distrito del Poder Judicial Federal en el estado.
En la misma suspensión se ordenó al consejero Miguel Sánchez Ramírez que dejara sin efecto legal alguno esa suspensión temporal, por ser un acto arbitrario y que va en contra de los derechos humanos de la misma juez.
Se sabe que Sánchez Ramírez solamente firmó los documentos de manera unilateral sin tener ninguna facultad, porque la comisión disciplinaria -de la que forma parte- está integrada por un presidente, un secretario y un vocal,
Pese a lo anterior, solo él fue quien únicamente la firmó.
Como se recordará, Pérez Rodríguez participa en el proceso electivo de jueces y magistrados, por lo que el proceder de Miguel Sánchez -valiéndose de su responsabilidad como integrante del Consejo de la Judicatura- constituiría un acto de violencia política en razón de género y una venganza personal, porque la misma juez encabeza las encuestas.
Por tanto, el Consejo de la Judicatura habría cometido un delito al dar a conocer información al Congreso del Estado, teniéndose como reservada, y pese a que desde el 28 de marzo de 2025 la autoridad federal ordenó que la restituyeran en el cargo, mandato que el Poder Judicial de Tlaxcala no ha cumplido.
Lo anterior constituye un acto violatorio a la Ley de Amparo en sus artículos 261 y 262, según los cuales la autoridad que no respete la decisión de un juzgado federal se hará acreedora a sanciones.
Con dicha acción calificada por la justicia federal como arbitraria, Sánchez Ramírez vulneraría el principio de presunción de inocencia al hacerle ver culpable a una persona de una conducta que aún no se resuelve.