7 mayo, 2025
(Faro Noticias/7 de mayo 2025) Cuidándose de no criticar a nadie en especial, la ombudsperson Jakqueline Ordóñez Brasdefer consideró que la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de invalidar en Tlaxcala la alienación parental como una forma de violencia familiar sancionada con la pérdida de la patria potestad, “reafirma que las leyes deben ajustarse a los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos”,
La semana pasada el pleno del máximo tribunal del país echó para atrás la reforma que, en febrero de 2024, hicieron integrantes de la LXIV Legislatura local al Código Civil del estado en materia de violencia familiar, específicamente en lo relativo a la alienación parental.
Los ministros consideraron que la sanción por ese tipo de conductas “es desproporcionada en detrimento de los derechos del menor a vivir en familia y mantener relaciones afectivas con ambos progenitores”.
A solicitud de este medio de comunicación, y por tratarse de un asunto que atenta contra el interés superior de la niñez, la presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT) fijó un posicionamiento sobre esa determinación de la SCJN, aunque guardó silencio por más de un año tras el cambio al Código Civil aprobado por la pasada legislatura local.
En primer lugar, Jakqueline Ordoñez consideró “necesario reflexionar, de manera crítica, sobre los marcos normativos que afecten a Niñas, Niños y Adolescentes (NNA)”.
Recordó que el Poder Ejecutivo Federal a través de la Consejería Jurídica- promovió la acción de inconstitucionalidad 74/2024 para impugnar el párrafo cuarto del artículo 168 Ter del Código Civil de Tlaxcala que tipificaba la alienación parental como violencia familiar sancionable con la pérdida de la patria potestad.
Insistió que las leyes deben garantizar que “cualquier medida que afecte a Niñas, Niños y Adolescentes sea adoptada con una perspectiva de derechos humanos, género e interseccionalidad”.
Reiteró que esa resolución “nos invita a reflexionar de manera crítica sobre la necesidad de revisar permanentemente el marco normativo, especialmente en aquellos temas que afectan de manera directa los derechos de la niñez, las mujeres y las familias”.
La ombudsperson subrayó que “las leyes no son estáticas ni infalibles; son construcciones humanas sujetas a mejora continua y deben responder a las realidades sociales complejas, a los avances en la interpretación constitucional y a los estándares internacionales de derechos humanos”.
Abundó que “tomar conciencia colectiva sobre estos temas es esencial para garantizar que el diseño y aplicación de la norma se realicen siempre desde una perspectiva garantista, inclusiva y respetuosa de la dignidad humana”.
Para sustentar su posicionamiento, la presidenta de la CEDHT recordó que, en su momento, la ministra Loretta Ortiz Ahlf consideró que la Corte declaró inconstitucional dicha disposición por imponer una sanción automática y desproporcionada, sin permitir al juzgador valorar el caso concreto y ponderar el interés superior de la niñez.
Según la ministra, citada por la ombudsperson tlaxcalteca, “la figura de alienación parental carece de respaldo científico y ha sido objetada internacionalmente por su uso potencialmente discriminatorio contra mujeres que denuncian violencia, lo que genera riesgos de revictimización y obstrucción del acceso a la justicia”.